Área de actuación

Derecho Laboral para Empresas

Prevención de pasivos, jornada, contratos, medidas disciplinarias y defensa en reclamaciones.

Base legalCLT – Consolidación de las Leyes del Trabajo (Decreto-Ley 5.452/1943) · Ley 13.467/2017 (Reforma Laboral) · Normas Reglamentarias (NR)

Buena parte de las reclamaciones laborales nace de rutinas que podrían haberse ajustado antes, como el control de jornada, el banco de horas, el registro y los documentos de contratación y de desvinculación. Para empresas y empleadores rurales, la prevención suele costar menos que la defensa.

Atiendo a pequeñas y medianas empresas en la orientación cotidiana y en la defensa en reclamaciones laborales, con atención a las actividades del agronegocio, como granjas, cooperativas y agroindustrias.

Situaciones frecuentes

  • Contratación, contrato de prueba y documentos de ingreso
  • Banco de horas, compensación y control de asistencia
  • Teletrabajo y trabajo externo
  • Amonestación, suspensión y despido con justa causa
  • Certificados médicos y bajas
  • Tercerización y contratación de prestadores
  • Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  • Reclamaciones laborales y audiencias
  • Inspecciones y actas de infracción
  • NR-31 y trabajo en el campo

Cómo puedo ayudar

  • Revisión de contratos, políticas internas y rutinas del departamento de personal
  • Orientación sobre desvinculaciones y medidas disciplinarias
  • Defensa en reclamaciones laborales y asistencia a audiencias
  • Negociación de acuerdos
  • Defensa frente a actas de infracción

Documentos útiles para la primera conversación

No es necesario tener todo a mano para ponerse en contacto. Estos documentos hacen que el análisis sea más rápido y preciso:

  • Contrato social y relación de empleados
  • Contratos de trabajo y controles de asistencia
  • Recibos de pago y documentos de finalización del contrato
  • Notificación o citación recibida, si la hubiera

Preguntas frecuentes

¿Se puede establecer un banco de horas por acuerdo individual?

Sí, desde la Reforma Laboral, siempre que el acuerdo sea escrito y la compensación se produzca en hasta seis meses (art. 59, § 5.º, de la CLT). Los plazos mayores dependen de la negociación colectiva.

¿Cuándo puede aplicarse la justa causa?

En los supuestos del art. 482 de la CLT, con prueba de la falta, proporcionalidad y aplicación inmediata. Una justa causa mal fundamentada puede ser revertida en la Justicia y generar una condena.

La empresa recibió una notificación de reclamación laboral. ¿Qué hacer?

Revise la fecha de la audiencia y busque orientación de inmediato. La ausencia de la empresa en la audiencia puede llevar a la rebeldía, con la presunción de veracidad de los hechos alegados por el trabajador (art. 844 de la CLT).

Las respuestas anteriores son generales e informativas. La solución de cada caso depende de los hechos, de los documentos y de las normas vigentes en la fecha del análisis.

¿Quiere saber si su caso requiere una consulta?

Describa la situación en pocas líneas. Con base en el resumen, hago un análisis previo y respondo por el canal que usted prefiera.