Área de actuación

Derecho Laboral para Trabajadores

Finiquito, horas extras, trabajo no registrado, despido indirecto, accidentes y estabilidades.

Base legalConstitución Federal, art. 7.º · CLT – Consolidación de las Leyes del Trabajo (Decreto-Ley 5.452/1943) · Súmulas del TST

Quien trabajó sin recibir lo que se le debía tiene plazos cortos para actuar. Por regla general, la acción debe presentarse en hasta dos años después del fin del contrato, y solo alcanza los cinco años anteriores a la presentación. Organizar los documentos y buscar orientación pronto marca la diferencia.

Atiendo a trabajadores urbanos y rurales, analizando con cuidado si hay derechos que reclamar y qué pruebas están disponibles antes de cualquier acción.

Situaciones frecuentes

  • Finiquito y haberes de finalización del contrato (verbas rescisórias) no pagados o pagados con retraso
  • Horas extras, descansos y trabajo nocturno
  • Trabajo sin libreta de trabajo registrada (carteira de trabalho)
  • Despido indirecto (rescisão indireta) por falta grave del empleador
  • Justa causa aplicada sin motivo suficiente
  • Acoso moral en el trabajo
  • Accidente de trabajo y enfermedad profesional
  • Estabilidad de la trabajadora embarazada y del accidentado
  • Pluses de insalubridad y de peligrosidad
  • Contratación como PJ o autónomo con características de empleo

Cómo puedo ayudar

  • Análisis de documentos y cálculo preliminar
  • Reclamaciones laborales
  • Acuerdos extrajudiciales con homologación judicial
  • Asistencia a audiencias y peritajes

Documentos útiles para la primera conversación

No es necesario tener todo a mano para ponerse en contacto. Estos documentos hacen que el análisis sea más rápido y preciso:

  • Libreta de trabajo (carteira de trabalho), física o digital
  • Nóminas y extracto del FGTS (fondo de garantía por tiempo de servicio)
  • Documento de finalización del contrato, si lo hubiera
  • Mensajes, turnos y otros registros de la jornada
  • Nombres de posibles testigos

Artículos sobre el tema

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo para presentar una acción laboral?

Hasta dos años después del fin del contrato, reclamando los créditos de los cinco años anteriores a la fecha de presentación (art. 7.º, XXIX, de la Constitución). El artículo sobre plazos laborales explica el cómputo con ejemplos.

Leer el artículo completo

¿Puedo presentar una acción mientras sigo trabajando en la empresa?

Sí. La acción puede presentarse durante el contrato. En situaciones graves, la CLT prevé también el despido indirecto, en el que el trabajador pone fin al contrato por una falta del empleador (art. 483).

Sin testigos, ¿puedo probar las horas extras?

Depende del caso. Las empresas con más de 20 empleados deben mantener un control de asistencia (art. 74, § 2.º, de la CLT), y la falta injustificada de esos registros puede favorecer la jornada informada por el trabajador (Súmula 338 del TST). Los mensajes, los correos electrónicos y los registros de sistemas también pueden servir como prueba.

Las respuestas anteriores son generales e informativas. La solución de cada caso depende de los hechos, de los documentos y de las normas vigentes en la fecha del análisis.

¿Quiere saber si su caso requiere una consulta?

Describa la situación en pocas líneas. Con base en el resumen, hago un análisis previo y respondo por el canal que usted prefiera.